Impago de pensión alimenticia... La odisea de muchas mujeres

Impago de pensión alimenticia… La odisea de muchas mujeres

 

Impago de pensión alimenticia o cómo hacer malabares para llegar a fin de mes

 

Hola a todas. En este mes de noviembre, vengo a hablaros en Mujeres Valientes de la soledad. La de todas aquellas madres que, por malabares del destino, se ven obligadas a maternar solas.

Muchas de ellas, acaban en nuestro despacho, Mateos y Huelga Abogados, y la mayoría, por lo que llamamos Turno de Oficio, dado que normalmente no tienen bienes para hacer frente a los honorarios de un abogado que defienda sus intereses.

Normalmente, son mujeres que tuvieron la desgracia de conocer a un narcisista. Los inicios de la relación fueron buenos, tal vez, pero la cosa se fue oscureciendo por el camino. Y casi en un abrir y cerrar de ojos, se vieron con dos o tres hijos, y dependiendo económicamente de un hombre que hacía sus vidas miserables en grado superlativo.

Viene a mi mente, verbigracia, la historia de Fátima. Ciudadana extranjera que, enamorada “hasta las cejas”, decide no volver a su país y quedarse en España, donde tiene dos hijos, absolutamente alejada de cualquier red familiar que la ampare cuando ocurre lo inevitable. Su compañero sentimental tortura la relación hasta extremos inimaginables, y ella decide que tiene que dejarlo.

 

 Y ahí empieza su odisea

 

De repente, su vida idílica de cuento de hadas se cae ante sus ojos cual castillo de naipes. Se encuentra sola, con dos hijos muy pequeños a su cargo, y sin familia que la auxilie. No puede volverse a su país con sus hijos porque claro, el padre tiene derechos, a los que no está dispuesto a renunciar. Pero tampoco quiere gozar tanto de sus hijos, y la custodia compartida no se le pasa ni por la cabeza.

La deja sola con sus hijos, en una casa de alquiler que no puede pagar, sin trabajo para vestirlos o alimentarlos, y por supuesto, para cerrar el círculo, sin pasarle la pensión. De verdad son incontables los casos de progenitores que disfrutan de sus hijos “cuando pueden”, endosando todo el peso de la crianza en las madres, culpabilizándolas por la ruptura: “si no me hubieras dejado no estarías así”.

Como incontables son las circunstancias en las que no recogen a sus hijos cuando deben por estar trabajando, y no pagan la pensión, porque no tienen dinero. Hay todo un mercado de economía sumergida de deudores alimenticios en este país. Y lo tenemos ahí, debajo de la alfombra.

Y así llegan al despacho, como Fátima, intentando buscarse la vida en trabajos varios (tenemos chicas hasta con tres trabajos), mientras cargan a sus hijos como pueden, porque no tienen con quien dejarlos fuera del horario escolar. Apenas pueden sostener su hogar, y las niñeras son un sueño inalcanzable.

Y uno piensa que no tendría por qué ser así, pues lo cierto es que todas ellas ya acudieron a los Juzgados para que las amparasen, y tienen una sentencia a su favor que obliga al otro progenitor a abonar una pensión mensual que, dicho sea de paso, suele ser bastante mísera.

¿Y qué hacer entonces? Pues acuden al Colegio de Abogados de turno para que les designen abogado y procurador de oficio, en virtud de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Y llegan al despacho desesperadas, pidiendo que reclamemos todas las cantidades que les deben, y que se cumpla el régimen de visitas.

 

No sabéis la cantidad de mujeres agotadas que llegan a nuestro despacho diciendo: ojalá me pidiera la custodia compartida, Tamara

 

Y por supuesto, nos ponemos manos a la obra. Pero, antes de eso, también tenemos la labor de explicarles el proceso, que traducido resulta, que les echamos un jarro de agua fría sobre las cabezas.

Porque claro, podemos reclamar las pensiones que se deben, siempre dentro del período de cinco años desde la fecha de interposición de la demanda de ejecución, así como ir actualizando cantidades de los meses venideros; y podemos pedir en el Juzgado que se impongan multas coercitivas por el incumplimiento del régimen de visitas. Pero del dicho al hecho suele haber un trecho.

 

 La realidad suele ser que, cuando alguien decide no pagar la pensión, simplemente no lo hace

 

Destipificado con carácter general, el delito de impago de pensiones, tras reformas varias del Código Penal, los malos pagadores han perdido el miedo. Actualmente, sólo es delito dejar de abonar la pensión dos o más meses consecutivos, o cuatro no consecutivos, cuando quien debe pagar tiene posibilidades económicas. Y, claro está, hecha la ley, servida queda la trampa.

Como decíamos, aquellos que no quieren pagar, se meten de lleno en la economía sumergida, así que, cuando el Juzgado de turno admite la demanda y se pone a buscar bienes embargables, allí no hay de donde rascar. Y aunque ellos vivan a cuerpo de rey, sobre el papel no tienen donde caerse muertos.

Alguna que otra vez aceptan un trabajito de escasa importancia con papeles, pero para cuando ella se entera y nos lo comunica, hemos perdido la oportunidad. Solemos tener que recordar a nuestras desalentadas clientas que las averiguaciones patrimoniales no se pueden pedir cuando queremos, sino que entre una y otra tienen que haber pasado como mínimo 6 meses.

Por eso, si tienen un trabajillo de verano en regla, pues para cuando se puede pedir al juzgado y este provee nuestro escrito, ya no hay de donde sacar.

Y más de lo mismo ocurre con las visitas, aunque es cierto que aquí si se podría hacer más por parte de muchos juzgados. Cuando se les demuestra, normalmente con concatenaciones infinitas de Whatsapps que reflejan que jamás acuden los martes, los jueves, ni los fines de semana alternos a recoger a los niños, y se solicita que se les impongan multas, lo más que obtenemos son advertencias.

Es decir, se apercibe al progenitor no custodio que, de seguir incumpliendo, se le podría imponer una sanción pecuniaria, pero nunca llega el día.

 Y claro, ellas tampoco tienen posibles como para pagar investigadores privados que consigan demostrar que trabajan en B. Como mucho podrán conseguir alguna foto aislada. En reiteradas ocasiones hemos acudido a las inspecciones de trabajo, y esas sí que suelen dar frutos.

Es cierto que, de paso, se sanciona a la empresa, que suele ser una pyme que aceptó no tener al trabajador asegurado para ahorrarse dinero. Casi que matamos dos pájaros de un tiro.

Pero suele ser un camino infernal. A pesar de que pedimos el embargo de todo: cuentas bancarias, devoluciones de hacienda, salarios conocidos, desempleo… rara vez se consigue sacar una cantidad. Y teniendo en cuenta que se siguen sumando pensiones todos los meses, los hijos se hacen mayores sobre las espaldas maternas únicamente.

Por cierto, con respecto al desempleo, puede ser una suerte; de hecho, éste o cualquier otra ayuda. Normalmente, cuando el mal pagador cobra algo de una administración pública suele pensar que está a salvo, dado que gana una cuantía que está por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, y es inembargable.

Y no es así. De hecho, la única excepción que hace nuestra legislación a este respecto es precisamente para proteger las pensiones alimenticias de los menores. Ahí no hay SMI que valga, se procede a embarga y listo. Pero suele ser una rara avis que, además, hay que pelear en el Juzgado. Porque dinero para pagar pensiones no tienen, pero para pagar abogado suelen buscar lo que haga falta.

 

 Así que, la historia de Fátima, tristemente, se repite en un bucle infinito

 

Podría hablaros de Rocío, de Maribel, de Susana, de Milagros, de Sara, de Vanesa, y de decenas más. Y como nosotras, todos los despachos del país. Se trata de expedientes pescado, porque tal y como ves que te ha tocado una Ejecución de Título Judicial, sabes que te van a dar 250 euros (pago único) por años y años de trabajo: solicitudes de averiguación patrimonial, peticiones de mejoras de embargo, actualizaciones de pensiones e IPCs, y un largo etcétera.

Eso por no hablar de las horas y horas que tenemos que atender a estas mujeres, en multitud de ocasiones, más por el hecho de que se sientan escuchadas que por aquello en lo que de verdad podamos ayudarlas.

Pero bueno, del dinero que cobramos en el Turno de Oficio no vamos a hablar hoy, que me caliento, y tenemos una huelga en ciernes: a partir del 21 de noviembre. Y, parafraseando a Jesús: “en verdad es justa y necesaria”.

 

Tamara Huelga Gutiérrez
tamara.abogados.h@gmail.com
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